¿Una sola condena por marihuana bloquea mi residencia?
INA § 212(a)(2)(A)(i)(II) hace inadmisible a cualquier no ciudadano condenado por, o que admita haber cometido, una violación a una ley de sustancias controladas de los Estados Unidos, un estado, o un país extranjero. La ley no transige: una condena basta, aún por simple posesión, aún por marihuana, aún cuando la conducta es ahora legal bajo las leyes del estado donde ocurrió. La ley federal migratoria todavía trata la marihuana como sustancia controlada de la Lista I bajo 21 U.S.C. § 812.
El único perdón — y qué tan estrecho es
INA § 212(h) provee un perdón discrecional por un solo delito de simple posesión de 30 gramos o menos de marihuana si el solicitante puede demostrar sufrimiento extremo a un cónyuge, padre, hijo o hija ciudadano o residente permanente. Cualquier otra condena de drogas — posesión de cualquier otra droga, posesión con intento de distribuir, parafernalia en algunas jurisdicciones — no es perdonable.
Por qué el expurgado no salva el caso
La ley federal migratoria trata un expurgado estatal, un juicio diferido o un alivio post-condena como condena, a menos que la condena se haya anulado por un defecto sustantivo o procesal en el procedimiento subyacente (por ejemplo, asistencia ineficaz bajo Padilla v. Kentucky). Un estatuto de récord limpio que borra la condena "para todos los efectos" no la borra para inmigración. Vemos a clientes y a algunos abogados penales malinterpretar esto constantemente.
Lo que realmente hacemos
Dos rutas corren en paralelo:
- Alivio post-condena. Cuando el plea original se ingresó sin las advertencias migratorias requeridas por Padilla v. Kentucky, 559 U.S. 356 (2010), la condena puede ser anulable. Coordinamos con el abogado penal para presentar la moción en corte estatal, porque una anulación por bases Padilla sí borra la condena para inmigración.
- Estrategia de perdón. Cuando el delito es la estrecha posesión de marihuana de 30 gramos o menos, construimos el expediente de sufrimiento extremo bajo 212(h). Cuando es cualquier otro delito de drogas, auditamos si la condena siquiera cumple con la definición federal — a veces un análisis de estatuto divisible bajo Mathis v. United States, 579 U.S. 500 (2016) descarta la condena como activador migratorio.
Cómo lo manejamos
La auditoría empieza con los registros certificados de la corte, no con la memoria del cliente. Documentos de cargos, declaración de plea, sentencia y orden de sentenciamiento. No asumimos nada sobre si el delito "cuenta" hasta haber aplicado los enfoques categórico y modificado-categórico al estatuto real de condena. El trabajo no es glamoroso y es decisivo — la mayoría de casos perdonables se creían imperdibles antes de hacer el trabajo de registros.
Citas Legales
- INA § 212(a)(2)(A)(i)(II) — Controlled-substance inadmissibility
- INA § 212(h) — Waiver for certain criminal grounds
- Padilla v. Kentucky, 559 U.S. 356 (2010) — Counsel's duty to advise on immigration consequences
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